HERRAMIENTAS:
Comparendos.
De los siguientes tipos:
A. COMPARENDO CÍVICO
Sin consecuencia alguna económica o legal (de simple impacto sicológico ante la comunidad)
B. COMPARENDO ESTADÍSTICO
Al infractor se le informará que dicho comparendo irá a una base de datos y que cada tercera vez que cometa una conducta irregular se le sancionará conforme con la norma aplicable.
C. COMPARENDO CON BENEFICIO
Al infractor por tercera vez se le informará que tiene la alternativa de evitarse la sanción si envía un mensaje de disculpa por los medios habilitados para tal efecto.
D. COMPARENDO CONDICIONADO
Según el tipo y calidad de la infracción, el sancionado podrá optar por Trabajo Cívico, para lo cual se le tomarán los datos personales que se llevarán a la base de datos.
E. COMPARENDO PARA REVISIÓN
Este tipo de comparendo se utilizará, por ejemplo, para el caso de carros y motocicletas ruidosas los cuales tendrán cinco (5) días hábiles para presentar ante la autoridad competente -Policía- el automotor debidamente normalizado.
F. COMPARENDO PLENO
Esta clase de comparendo se aplicará en casos de graves violaciones a las normas y con la prueba de la flagrancia.
G. COMPARENDO CON NOTIFICACIÓN A TERCEROS
Este comparendo se aplicará a aquellos infractores cuyas actuaciones involucren a terceros, ya sea porque el vehículo sea de propiedad de una empresa o la persona trabaje para alguna.
H. COMPARENDO CON RESTAURACIÓN
Este comparendo está diseñado, sobre todo, para aquellos infractores que contaminan visualmente el amoblamiento urbano con anuncios personales, afiches publicitarios, grafitis y otra clase de afectaciones. Su deber será restituir el elemento público a su estado original.